La resolución "Conocé lo que pagás”, obliga a las empresas de telefonía móvil a brindar mayor información a los usuarios respecto del costo específico de los servicios contratados, así como el detalle de los consumos realizados, ya sean usuarios del servicio prepago o pospago.
Las empresas están obligadas a informar a los usuarios el precio vigente de los primeros 30 segundos, así como del segundo de comunicación, y ya sea respecto de llamadas locales, de larga distancia nacional y de larga distancia internacional. Igualmente deben informar acerca del precio de los mensajes de texto (SMS) y multimedia (MMS), del acceso a internet y de las bonificaciones y promociones, gastos administrativos y cargos adicionales.Del mismo modo, deberán poner a disposición de los consumidores, de manera gratuita y para que pueda ser consultada cuando el consumidor lo demande, el detalle de llamadas efectuadas, el destino, la cantidad de segundos de voz utilizados; el detalle de los mensajes de texto (SMS) y multimedia (MMS) enviados; la cantidad de datos consumidos o accesos al servicio de internet; indicando en todos los casos el número de destino, la fecha, la hora de su realización, la duración y el costo de cada una.
Es importante decir que toda esta información deberá estar disponible a través del sitio web de cada empresa, mediante un correo electrónico a disposición del usuario y mediante las líneas gratuitas de atención al cliente. Además, para la modalidad pospago, deberá estar disponible en las facturas, ya sea esta en papel o electrónica. Esta información debe incluir, además de la correspondiente al mes en curso, la referida a los seis meses inmediatos anteriores.
La resolución obliga a las empresas a informar a los consumidores, mediante un mensaje de texto, que se enviará al momento de cada recarga de crédito o al inicio de cada ciclo de facturación mensual o recarga o acreditación automática de crédito: el precio del abono según el plan contratado; el precio vigente de los primeros 30 segundos y del segundo vigente dentro del plan contratado, del envío de mensajes de texto (SMS) y del acceso a Internet dentro del plan contratado por hora, día, semana, mes, kilobyte o megabyte, según corresponda.
Comercio Interior y Servicios de la cartera productiva santafesina, Leonardo Gianzone, manifestó que el organismo encargado de aplicar la resolución dentro del territorio de la provincia, se remitieron intimaciones a las empresas de telefonía móvil a fin de que en 48 hs informen cuales son los medios previstos por la resolución que ha puesto en funcionamiento y a disposición de los consumidores para que puedan consultar y requerir la información.
A fin de radicar una denuncia por falta de información de parte de las compañías de telefonía móvil, así como para informarse debidamente acerca del ejercicio de sus derechos y de cualquier duda o consulta que tengan, pueden obtener asesoramiento en las delegaciones de la Dirección General de Comercio Interior de Santa Fe:
Delegación Rosario: Mitre 930 - 3º piso.
Oficinas Municipales de Defensa del Consumidor de: Casilda
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