Debido a las elecciones, se encuentra prohibido:
1) Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, hasta la hora 21 del mismo día.
2) Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio.
3) Realizar actos públicos de proselitismo.
4) Abrir organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros de los locales de votación.
5) Vender bebidas alcohólicas desde la hora 20 del día anterior de las elecciones y hasta 3 horas después de finalizado el acto eleccionario.
6) Los lugares de entretenimiento nocturno podrán abrir sus puertas y funcionar hasta la hora 5, y reanudar la actividad recién a partir de la hora 21, no pudiendo expender bebidas alcohólicas desde la hora 20 del día anterior a las elecciones.
1) Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, hasta la hora 21 del mismo día.
2) Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio.
3) Realizar actos públicos de proselitismo.
4) Abrir organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros de los locales de votación.
5) Vender bebidas alcohólicas desde la hora 20 del día anterior de las elecciones y hasta 3 horas después de finalizado el acto eleccionario.
6) Los lugares de entretenimiento nocturno podrán abrir sus puertas y funcionar hasta la hora 5, y reanudar la actividad recién a partir de la hora 21, no pudiendo expender bebidas alcohólicas desde la hora 20 del día anterior a las elecciones.
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