El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Lewis, instruyó a la Dirección Provincial del Registro Civil para que admita e inscriba a niños y niñas cuyos progenitores y progenitoras sean del mismo sexo, en el marco de la ley Nº 26.618 de Matrimonio Igualitario, con independencia del estado civil que revistan los progenitores y las progenitoras (es decir aunque no estén casados). De esta manera, Santa Fe se convierte en una de las primeras provincias argentinas en reconocer administrativamente este derecho.
En ese sentido la resolución N° 341 del 12 de septiembre de 2012 recomienda al Registro Civil “que suprima de los formularios, inscripciones, partidas y demás documentos oficiales toda referencia que pueda resultar una distinción entre solicitantes del mismo o diverso sexo, generando procesos de identificación y discriminación contrarios al principio de igualdad”.
Desde el gobierno señalaron que “la inscripción de copaternidad o comaternidad igualitaria basada en la voluntad procreacional y el amor filial implica aplicar directamente la Constitución Nacional y los tratados de Derechos Humanos para recrear la fuente de filiación del derecho argentino garantizando la no discriminación, la protección integral de las familias y el interés superior de niñas y niños”.
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